Son muchas las enfermedades crónicas que nos pueden llevar a la incapacidad permanente en nuestro trabajo. En este caso concreto os vamos a hablar de una que sufren muchos ciudadanos en nuestro país, y que ahora la Seguridad Social ha incluido en la lista.
Jugar con la salud no es lo más recomendable en la mayoría de los casos, pero también es verdad que hay personas que sufren enfermedades al tiempo que trabajan. Esto se puede convertir en algo insoportable, y de ahí la posibilidad de recibir una pensión por incapacidad permanente. Lo cierto es que hasta la fecha no hay un listado oficial de enfermedades que se incluyen aquí, ya que son muchos los factores que pueden influir en este permiso.
Os contamos todo esto porque en estos instantes la Seguridad Social habla de poder recibir dicha incapacidad y el 100% de la pensión en determinadas circunstancias para todos aquellos que sufren lumbalgia. Como seguro que muchos de vosotros ya sabéis de primera mano, esta es una dolencia muy extendida a la vez que molesta y dolorosa. Debemos tener en consideración que al mismo tiempo que hay multitud de factores que influyen a la hora de recibir una incapacidad, también son varios los niveles que podemos recibir.
Por descontado, esto es algo que se hace extensible a determinados casos de aquellos que sufren la mencionada dolencia de la lumbalgia en su día a día. Para empezar os diremos que este tipo de pensiones se otorgan a aquellos trabajadores en las que el efecto de la dolencia, como tal, les afecta en su vida laboral. Evidentemente, y para lograr el total de la pensión en estos casos, el trabajador debe obtener el grado máximo de la enfermedad.
Casos para cobrar el 100% de la pensión por lumbalgia
En estos instantes ya conocemos aquellas situaciones en las que se puede dar que un trabajador reciba toda la pensión por esta enfermedad. En concreto, nos referimos a la posibilidad de recibir el pago el 100% de la base reguladora, algo que ya contempla la Seguridad Social, como os contamos. Además, aquí también juega un papel clave la decisión que tome el tribunal médico en cuestión.
Si os encontráis en esta desagradable situación que afecta a vuestra vida laboral, es importante saber los casos concretos para recibir el 100% de la pensión contributiva. Para empezar esto se dará en aquellos trabajadores con profesiones que requieran de un intenso esfuerzo lumbar. Asimismo, se dará en las que en las tareas en las que se precisen realizar ejercer determinadas posturas de forma reiterada que afecten a esta dolencia.
Además, todo ello se hará extensible para todos los empleados que necesiten realizar cargas de peso para poder desempeñar su trabajo. Eso sí, algo que debemos tener presente es que la Seguridad Social otorgará el 100% de la pensión por incapacidad permanente, en casos muy graves en los que no haya posibilidad de mejoría con el tratamiento como tal. Hablamos de casos en los que las personas hayan tenido que ver sus obligadas a acudir a clínicas del dolor, por ejemplo.
Qué es la base reguladora y cómo te afecta en estos casos
A la hora de hablar de las cantidades a percibir por esta baja médica o cualquier otra, en multitud de ocasiones nos vamos a encontrar con que se hace referencia a los términos base reguladora, algo que no todos los ciudadanos entienden como es debido. Así, a continuación os vamos a explicar lo que significa para poder aplicarlo a nuestro caso si es necesario.
Lo primero que debemos saber es que la mencionada base reguladora es la cuantía que utiliza la Seguridad Social para calcular el importe de tu pensión o baja. Cabe mencionar que esta es una cantidad que se obtiene en base a la media de nuestras bases de cotización, es decir, la parte del salario por la que nosotros mismos y la empresa hemos cotizado durante un número determinado de años previos a la solicitud.
Básicamente, esto se traduce en que se nos conceden el 100% de esa base reguladora, significa que cobraremos el total de esa media calculada.
Grados de incapacidad relacionados con la lumbalgia
Los grados de incapacidad que provengan de una dolencia de lumbalgia variarán según el impacto que tenga en el físico del trabajador. Pero concretamente en España, los grados reconocidos son:
Incapacidad Permanente Parcial. Este caso se diagnostica cuando la lumbalgia reduce, como mínimo, un 33% las capacidades de realizar tareas intrínsecamente relacionadas con el puesto de trabajo. Aun así, la dolencia nos permitiría seguir trabajando en el mismo ámbito de manera adaptada.
Incapacidad Permanente Total. Se da cuando la lumbalgia nos impide realizar nuestras funciones en el trabajo. Por lo que el trabajador se verá obligado a dedicarse a otro empleo que sea compatible con la lumbalgia.
Incapacidad Permanente Absoluta. Se concede en los casos graves de lumbalgia crónica y que no tenga mejoría con tratamientos. Es el propio dolor el que limita las actividades laborales, incluso aquellas que no se expongan a demasiada exigencia física.
Gran Invalidez. El grado máximo de incapacidad. Es decir, que el dolor lumbar y sus secuelas nos impiden realizar las actividades básicas y necesitamos ayuda externa de manera diaria.
