Puede ser la peor pesadilla de un trabajador: recibir una carta de despido. Pero lo cierto es que no todo despido es legal (o ilegal). Para ello, hemos de remontarnos al propio Estatuto de los Trabajadores, que en su artículo 54 dice claramente cuáles son las situaciones por las que una empresa puede despedir a un empleado de manera procedente.
En el caso de que se produzca un incumplimiento grave por parte del trabajador, y este sea claramente culpable de los hechos, el despido está permitido y amparado por la legalidad. Es más, si es procedente tal y como decimos, tampoco genera ningún tipo de derecho a indemnización.
Las causas pueden ser varias, como faltas de asistencia sin justificar, desobediencia a sus superiores, agresiones físicas o verbales, etc. Y vamos a exponerlas todas dentro de este propio artículo. Pero también se contempla la pérdida de confianza o la transgresión de la buena fe contractual. Este tipo de conceptos pueden ser más abstractos, pero están bien definidos por la jurisprudencia española.
Pero ojo, porque la ley también pone límites a la capacidad sancionadora de las empresas. De hecho el propio ET expresa que toda falta ha de estar clasificada y llevar un procedimiento adecuado.
Las causas legales de un despido procedente
Dentro del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, se recogen las razones por la que un despido disciplinario se considera legítimo y legal.
- Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.
- Indisciplina o desobediencia directa a las órdenes del empleador.
- Ofensas verbales o físicas a compañeros, jefes o familiares cercanos.
- Abuso de confianza o quiebra de la buena fe contractual.
- Reducción voluntaria y continuada del rendimiento.
- Embriaguez habitual o toxicomanía, en caso de que afecten al trabajo.
- Acoso de cualquier tipo: incluido el sexual o por razón de género, raza u orientación sexual.
Cada uno de estos motivos, si proceden, deben estar perfectamente documentados por la propia empresa. Lo que quiere decir que no deben ser meras sospechas.
Matices del artículo 58 del ET
El propio artículo 58 matiza que las sanciones deben respetar lo que se indique en los convenios colectivos y en la normativa aplicable. Lo que quiere decir que se debe:
- Clasificar claramente el tipo de falta, ya sea leve, grave o muy grave.
- Ejercer un proceso disciplinario respetuoso con el derecho de defensa.
- Establecer la posibilidad de revisión judicial.

En el caso de que no se respete el procedimiento, incluso un despido con causa justificada puede declararse como improcedente. Lo que quiere decir que la empresa debe o indemnizar al trabajador o readmitirlo en plantilla.
Por lo que, en el caso de que recibas una carta de despido, debes tener en cuenta varios factores. Pero el primero es que exijas una copia escrita con firma y fecha. Has de tener en cuenta y revisar que se detallen los hechos concretos que han motivado el despido. Una vez lo tengas todo apuntado, debes consultar el convenio aplicable, por si hubiese cualquier tipo de conflicto. Y por último, tienes derecho a impugnar en los 20 días siguientes si crees que no se ha seguido o se ha saltado en alguna parte el proceso legal.