Cierto es que estamos en pleno mes de agosto y como no podía ser de otro modo, hace calor. Pero también es verdad que una cosa es que haga calor y otra cosa son las temperaturas extremas que están asolando buena parte de nuestro país en estos momentos.
Hay personas que esta meteorología lo llevan mejor que otras, pero también influye de manera directa la situación en la que nos encontremos, más si estamos trabajando. Aquellos que en estos instantes están de vacaciones siempre tendrán la posibilidad de quedarse en casa con el aire acondicionado a tope, o incluso ir a la piscina o a la playa. Pero aquellos que todavía no hayan empezado esta época vacacional o ya la hayan finalizado, quizá tienen un problema.
En gran medida dependerá de su entorno profesional o del tipo de trabajo que tengan que desempeñar a diario. Y ahí es donde precisamente ahora entra en juego el Ministerio de Trabajo imponiendo una serie de normas para intentar cuidar de los ciudadanos en estas situaciones de altas temperaturas. De hecho, algo que no muchos trabajadores saben, es que en situaciones extremas incluso tenemos derecho a un permiso retribuido por estas temperaturas tan veraniegas.
De ahí precisamente que ahora el Ministerio de Trabajo y Economía Social haya publicado una alerta a través en su perfil de la red social X recordando todo ello. En concreto, nos dice que la exposición a altas temperaturas en el centro de trabajo no debe suponer un riesgo para la salud de las personas trabajadoras.
De este modo establece que la temperatura de los locales y naves industriales debe estar comprendida entre 14 y 25 grados centígrados.
Cuándo puedo pedir un permiso pagado por calor en el trabajo
Por otro lado, tal y como nos informan, la temperatura en las oficinas debe estar comprendida entre los 17 y los 27 grados. Pero quizá las situaciones más graves en este sentido las encontramos en aquellos trabajadores que tienen que realizar sus tareas al descubierto. Como muchos de vosotros ya sabréis de primera mano, en estos días muchas regiones en nuestro país se están superando los 40 grados centígrados. Trabajar a esa temperatura al aire libre puede suponer un serio problema para la salud de los empleados.
Y es que debemos tener muy presente que cuando se emite una alerta naranja o roja por climatología adversa, el trabajador tiene derecho a un permiso retribuido. Por supuesto, esto es algo que afecta de forma directa a la época en la que nos encontramos ahora mismo, superando los 40 grados centígrados a determinadas horas del día y en buena parte de las regiones de España. Esto es algo que nos deja claro igualmente el Ministerio de Trabajo y Economía Social a través de su cuenta oficial de la red social X.
Llegados a este punto, lo que debemos tener presente es que este permiso retribuido lo podremos solicitar en las alertas naranja o roja durante un tiempo máximo de 4 días. En el caso de que no deseemos llegar a ese extremo, también es importante saber que durante estas alertas por clima adverso, también tenemos la posibilidad de reducir o modificar nuestra jornada laboral al aire libre.
Eso sí, estas alertas deben ser emitidas oficialmente por la Agencia Estatal de Meteorología o AEMET, o por el organismo autonómico competente. Esta medida de protección para los trabajadores está regulada por el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo. El mismo modifica el Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. La normativa a la que nos referimos obliga a las empresas a adaptar las condiciones laborales, incluyendo la reducción o modificación de la jornada, cuando se activen alertas por fenómenos meteorológicos adversos, como es el caso.
