Millones de ciudadanos y familias en nuestro país, se encuentran en una situación delicada a la hora de llegar a final de mes. Hay muchos que no consiguen encontrar empleo, mientras que otros lo tienen, pero en unas condiciones un tanto sensibles.
De ahí que en muchas ocasiones el Ministerio de Trabajo y el Servicio Público de Empleo Estatal, ofrecen algunas ayudas muy interesantes y dignas de mención. Al mismo tiempo, debemos tener presente que podemos beneficiarnos de determinadas ventajas ante estas situaciones un tanto delicadas que os comentamos. Este es precisamente el caso que os vamos a mencionar a continuación para aquellos ciudadanos que en estos instantes estén trabajando a media jornada.
Os contamos todo esto porque, como algunos de vosotros ya sabréis de primera mano, en multitud de ocasiones y trabajando a media jornada, es bastante complicado llegar a final de mes. Ya lo es en algunos casos a jornada completa, por lo que aquí la situación se vuelve aún más inestable. De ahí la noticia que recientemente confirmó la asesora de la subdirección de prestaciones del SEPE, Clara Martínez en la emisora de radio Onda Madrid.
Para que os hagáis una idea más aproximada de lo que os contamos aquí, aquellos que en esos instantes tenga un trabajo a media jornada, podrán cobrar de manera paralela la prestación por desempleo o paro, si cumplen el requisito que os vamos a contar. Y es que, tal y como aclaró en antena, los trabajadores a media jornada que tengan un determinado salario mensual, también podrán estar cobrando el paro durante un determinado periodo de tiempo que os vamos a contar más adelante.
Requisitos para cobrar el paro trabajando a media jornada
Llegados a este punto y si os encontráis en la situación mencionada, es importante saber que para poder acceder al paro, el sueldo bruto del trabajo a media jornada debe estar por debajo del 75% del salario mínimo establecido en ese momento. Si en el presente año 2025 este salario mínimo al que nos referimos se encuentra en los 1184 euros en 14 pagas, el sueldo del trabajador no puede superar los 888 euros brutos al mes.
Si el salario de esa media jornada se encuentra por debajo de esa cantidad bruta mensual, este trabajador tendrá derecho a solicitar la prestación por desempleo o paro al SEPE para cobrarlo al mismo tiempo. A partir de ahí, no tenemos más que acercarnos a nuestra oficina más cercana del Servicio Público de Empleo Estatal y solicitar esta prestación.
Cabe mencionar que esto es algo que también podemos llevar a cabo de manera online cómodamente desde casa a través de la web oficial del SEPE, por ejemplo, a través de este enlace.
Eso sí, antes de nada hay otro apartado que deberíamos tener muy presente al solicitar esta prestación si cumplimos con el requisito mencionado. Y es que tan solo podremos cobrar el paro en esta situación concreta durante un máximo de 180 días. Esto quiere decir que pasados los 6 meses, si seguimos trabajando a media jornada, dejaremos de cobrar esta prestación por desempleo de manera automática.
| % Jornada Trabajada | Salario Bruto (Ejemplo) | % Prestación Cobrada | Cuantía de Paro Recibida | Ingresos Totales |
|---|---|---|---|---|
| 30% | 400€ | 70% | 700€ | 1.100€ |
| 50% (Media Jornada) | 650€ | 50% | 500€ | 1.150€ |
| 75% (Límite legal) | 888€ | 25% | 250€ | 1.138€ |
Y es que debemos saber que por lo que establece el Artículo 282 del Real Decreto Legislativo 8/2015 de la Ley General de la Seguridad Social, cobrar la prestación con el trabajo a tiempo parcial tiene dos condiciones. Por un lado, que el salario no supere el límite de rentas, y por otro, que la duración de esta compatibilidad no exceda los 180 días.
