La ley te puede amparar en este supuesto. Puedes dejar tu trabajo voluntariamente y cobrar el paro, y no por ello renunciar a una indemnización. Todo va a depender de las razones que tengas para ello. Puede sonar como una locura, pero la ley ampara a los trabajadores a la hora de romper el contrato por voluntad propia.
Existen razones tipificadas por ley para que puedas acceder a este derecho. Por ejemplo, si tu empresa no te paga, retrasa el sueldo de manera sistemática, no te da de alta en la Seguridad Social, te sobrecarga de trabajo o sufres cualquier tipo de acoso laboral, puedes encender los motores para largarte de ahí.
Según el propio artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, esto se considerará a todos los efectos como despido improcedente, lo que te da derecho a cobrar paro y recibir una indemnización. El cual supone una indemnización, generalmente, de 33 días por años trabajados.
También has de saber que si tu empresa te cambia las condiciones laborales de manera abrupta, como puede ser la jornada, el salario o el lugar de trabajo, también puedes irte con derecho a indemnización. Y con ello queremos decir una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades. Pero vamos a pararnos un poco a indagar en este tema para ver cómo funciona exactamente.
Cuándo puedes irte del trabajo cobrando paro e indemnización
Para este caso, la ley contempla estas situaciones:
- Impagos, retrasos, acoso o no alta en la Seguridad Social. Según el artículo 50 del ET, si sufres impagos continuos, retrasos en la nómina, acoso laboral o no estás dado de alta, puedes solicitar la resolución del contrato. Esto será considerado a efectos legales como despido improcedente, lo que te permite acceder al paro y recibir una indemnización igual que por despido improcedente. La cual, a día de hoy, es de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.
- Modificación sustancial de condiciones. El artículo 41 del ET te permite rescindir el contrato si la empresa te impone cambios graves con respecto a: reducción de salario, jornada, funciones, centro de trabajo, horarios o beneficios sociales sin tu consentimiento. Cuando se te modifique la notificación, dispondrás de 20 días hábiles para que decidas si te vas. En el caso de que lo hagas, tendrás derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 9 mensualidades. Aparte de ello, también podrás solicitar el paro sin problema.
Requisitos y procedimiento
En casos de impagos o acoso, no tienes que esperar a la empresa bajo ningún concepto. Puedes solicitar la resolución directamente y presentar la correspondiente demanda.
En el caso de que sea por cambio sustancial de condiciones, necesitarás una notificación previa de al menos 15 días.
Pero en todos los casos, deberás documentar lo ocurrido. Es decir, puedes presentar nóminas, emails, pruebas de acoso o pruebas de modificaciones unilaterales.
Has de tener en cuenta que existe el riesgo de que la empresa impugne la decisión y acabéis en el tribunal. Aun así, si tienes claro y no hay duda de que están aprovechándose de ti, tienes todo el derecho del mundo a acudir a los tribunales, pues es tu derecho.