Una opción laboral muy convincente para muchos jóvenes hoy en día es la de alistarse a las Fuerzas Armadas. Y al igual que para el resto de puestos laborales del Estado, siempre hay pruebas intelectuales y físicas que superar. No todo es vocación o estado de forma para superar las pruebas físicas. Existen más posibles trabas que pueden impedirte la entrada, y no conviene que te enteres tarde.
Hablamos de factores como la edad máxima, los tatuajes visibles, el sobrepeso o incluso algunas enfermedades. Todos ellos te pueden dejar fuera de juego antes siquiera de que pretendas planteártelo. Pero atento, porque no hablamos solo de requisitos estéticos o de salud. También hay otras condiciones normativas que te pueden imposibilitar cualquier opción con respecto a la carrera militar.
Así que, en el caso de que quieras optar por una plaza, prepárate para mucho más que estudiar. Tienes que encajar en un perfil muy concreto, y cualquier detalle, por nimio que sea, te puede dejar fuera. A raíz de todas estas condiciones, vamos a intentar desglosaros todo al máximo posible para que os quede bien claro. Veamos si cumples los requisitos o tienes que corregir algo para ello.
Límite de edad para entrar en el ejército
La primera barrera a la que se enfrenta cualquier opositor es a la edad. Muchísima gente cree que juventud es sinónimo de requisito cumplido. Pero para darte números concretos, te puedo decir que no es solo aspecto.
Concretamente, el límite está fijado en 29 años para entrar al ejército. Pero si quieres acceder a cuerpos como suboficiales u oficiales, las edades ya comienzan a variar entre la horquilla de 21 y 40 años. Todo dependerá de si ya estás dentro y las titulaciones que poseas. Así que, si vienes desde cero, tienes que tener menos de 29 años sí o sí.
¿Tatuajes permitidos?
Si bien es verdad que los tatuajes están permitidos, no todos lo están. De hecho, quedan excluidos automáticamente todos aquellos que sean visibles con el uniforme de verano (mangas cortas). Es decir, que cualquiera ubicado en cuello, nuca, antebrazos, manos y cara te imposibilitan entrar. Así está fijado en la orden ministerial DEF/1756/2016.
Pero hay más. Incluso si tienes tatuajes que pasen ese corte, jamás deberán incluir imágenes ofensivas, políticas, sexistas o cualquiera que atente contra la Constitución.
Peso, altura y condiciones médicas
El Índice de Masa Corporal, o IMC, también puede jugar en tu contra si sobrepasa algún baremo. Si estás por encima o por debajo de los valores recomendados, puedes ser declarado como «No apto» inmediatamente. Aparte de ello, hay una tabla oficial en el BOE de exclusiones médicas donde puedes ver todas las enfermedades y condiciones que te impiden ingresar. Y hay de todo: enfermedades cardiovasculares, trastornos del sueño, lesiones óseas importantes o parámetros de psiquiatría.
Ahondando un poco más en este tema, es importante tener en consideración que una calificación de No Apto en el reconocimiento médico no es necesariamente el final del camino a la hora de buscar el objetivo que nos hemos marcado aquí e ingresar en el ejército. Decimos esto porque siempre tendremos derecho a impugnar la decisión en este sentido.
En este caso, el procedimiento habitual es interponer un recurso de alzada, según lo previsto en la legislación administrativa de nuestro país. Debemos presentarlo en el plazo que especifiquen las bases de la convocatoria que habitualmente es de 15 días o de un mes completo. Aquí tendremos que aportar los informes médicos de especialistas que contradigan la exclusión y afirmación de No Apto. Es muy importante revisar la convocatoria específica en el portal de Reclutamiento del Ministerio de Defensa para conocer los plazos y el órgano al que dirigir el recurso que os contamos.
Ten en cuenta que, incluso con algo tan común como una operación reciente te puede suponer un obstáculo. Hay que dejar el tiempo suficiente para que se establezca que estás totalmente recuperado.
Así que, como ves, entrar en el Ejército no es solo cuestión de ganas y pasar unas pruebas físicas. Los requisitos son escritos, y muchas veces, llegamos a pasarlos por alto por no estar informados.
Basándonos en el texto del BOE y en la Orden PCI/6/2019, estos son ejemplos claros de condiciones médicas que nos impiden entrar a las Fuerzas Armadas, donde destaca llamativamente:
- Visión: Ceguera monocular (o pérdida de visión en un ojo) o desprendimiento de retina que afecte directamente a nuestra capacidad visual.
- Psiquiatría. Depresión crónica con dificultad para controlarla o trastornos graves de la personalidad como la esquizofrenia.
- Aparato respiratorio. Asma bronquial que requiera medicación continuada en el tiempo o enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Al mismo tiempo el IMC o Índice de Masa Corporal debe situarse dentro de un rango considerado como apto para poder acceder al ejército. Este, por regla general está establecido entre los valores 18.5 y 27.9. Por tanto, los valores por encima o por debajo de este rango son motivo de exclusión en el reconocimiento médico y por tanto no podremos formar parte del ejército
- Sistema musculoesquelético. Escoliosis que supere los 30 grados de desviación vertebral o hernia discal que limite el movimiento de la persona.
- Los tatuajes, en términos generales están permitidos para que podamos entrar en las Fuerzas Armadas, pero hay que tener en cuenta ciertas restricciones. No se permiten tatuajes que sean visibles vistiendo las modalidades de uniforme de uso general de las Fuerzas Armadas, como el de verano, es decir, en manga corta. Esto excluye zonas como la cara, el cuello, la nuca y los antebrazos. Tampoco se permiten aquellos con contenido ofensivo o anticonstitucional, como es fácil imaginar.
- Neurología. Epilepsia que haya tenido crisis recurrentes en los últimos 5 años.
Como puedes ver, en estos casos se muestran perfectamente limitaciones que impiden movilidad o funcionamiento normal de cualquier función corporal o mental. Y por lo tal son motivo de exclusión directa a la hora de pasar el reconocimiento médico para Tropa y Marinería.
| Paso | Acción | Ejemplo Práctico (Persona de 75kg y 1.80m) |
|---|---|---|
| 1 | Anota tu peso en kilogramos (kg). | 75 kg |
| 2 | Mide tu estatura en metros (m) y elévala al cuadrado. | 1.80 * 1.80 = 3.24 |
| 3 | Divide tu peso entre tu estatura al cuadrado. | 75 / 3.24 = 23.15 |
| 4 | Verifica si tu resultado está en el rango apto (18.5 - 27.9). | 23.15 está dentro del rango. Resultado: APTO. |
