Firmar la nómina sin haber recibido toda la cuantía de tu sueldo es un error fatal para tus derechos. Y es que en España, cada mes, los trabajadores reciben una nómina como compensación a sus servicios. Pero puede ocurrir que la empresa te solicita que firmes manualmente la nómina. No lo hagas, porque muchos empleados firman el recibo sin comprobar todos los datos, y te deja indefenso frente a cualquier trámite.
Según el Artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, la nómina debe reflejar el pago íntegro y puntual de tu sueldo. Por lo tanto, las cantidades que aparezcan en el documento deben corresponderse con el dinero real que percibes. Si firmas dicha nómina cuando el sueldo no es el que corresponde, se puede interpretar como que has aceptado el pago recibido.
Es precisamente este punto lo que hace que tengas menos baza para poder reclamar posteriormente. Por ello, los abogados recomiendan que nunca firmes la nómina. Incluso aunque veas que las cantidades son las adecuadas, no lo hagas. Solo puedes hacerlo de una forma: firmar con la anotación de «NO CONFORME» y guardar para ti tu propia copia.
Los problemas asociados a firmar tu nómina
La nómina es el documento con valor legal en que se acredita que la empresa te ha pagado tu sueldo por los servicios prestados, normalmente en un mes natural. Pero el hecho de firmarla se considera una aceptación del importe recibido, aunque sea menor del que se nos debe. El hecho de hacerlo se convierte en un obstáculo para que en un hipotético futuro podamos reclamar cualquier cantidad que se nos deba.
El artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores es claro en este aspecto:
«1. La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El periodo de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.
El trabajador y, con su autorización, sus representantes legales, tendrán derecho a percibir, sin que llegue el día señalado para el pago, anticipos a cuenta del trabajo ya realizado.
La documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan.»
Visto el apartado legal, debemos saber que el sueldo debe pagarse de manera íntegra y puntual, y este recibo (la nómina), debe reflejar con autenticidad las cantidades abonadas.
Junto al Estatuto de los Trabajadores, también nos ampara el artículo 1.101 del Código Civil, por el cual se nos permite reclamar una indemnización por daños causados en el cumplimiento de sus obligaciones, en este caso, monetarias:
Es precisamente basándonos en estos dos epígrafes legales por lo que los abogados laboralistas aconsejan que, si no hemos cobrado todo el sueldo, se firme la nómina añadiendo la expresión «NO CONFORME», además de guardar una copia. Puede parecer una anotación sin importancia, pero sirve como prueba de que el trabajador no ha recibido la totalidad del sueldo que se le debe y poder reclamarlo posteriormente por otros cauces legales.
@juanmalorentelaboralista 💥 ¿No has cobrado todo tu sueldo? ¡No firmes la nómina! 💥 Muchos trabajadores firman sin pensar… Pero si no te han pagado el 100%, no deberías firmar como si todo estuviera bien. 🔒 Firmar una nómina sin haber cobrado puede jugar en tu contra si reclamas después. 💸 Lo que no se reclama a tiempo… se pierde. 🖋️ Si firmas, hazlo con la anotación “NO CONFORME” y guarda copia. 🚨 ¡No te dejes engañar! Tu empresa tiene la obligación de pagarte íntegramente y puntualmente. 🎯 Comparte este vídeo con quien cobre tarde o a medias. 💬 ¿Te ha pasado? Cuéntamelo en comentarios. #DerechoLaboral #Nómina #NoFirmes #ReclamaTuSueldo #TrabajoDigno #NóminaNoPagada #AsesorLaboral #JuanmaLorente #ReelsJurídicos #trabajadorinformado
Por otro lado, también es recomendable que comuniquemos esta situación por escrito a la empresa, y en caso de que la situación no se solucione, siempre puedes acudir a un sindicado o a la propia Inspección de Trabajo. Pero recuerda: en manos de un abogado, tu probabilidad de reclamar tus derechos con éxito crece enormemente.
