Una trabajadora española del sector de la optometría acumuló 176 retrasos durante todos sus años de trabajo en una empresa. Por este motivo, la compañía decidió echarla a la calle, pero el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha declarado el despido como improcedente.
El quid de la cuestión surge porque el despido se declaró improcedente. Dicha trabajadora llevaba llegando tarde prácticamente todos los años de trabajo en la empresa, sin embargo, la compañía no le había advertido en ninguna ocasión de este tipo de faltas. Ni verbalmente ni por escrito. Y aunque estas impuntualidades existían, la empresa perdió todo derecho a reprocharle cualquier actitud debido a su tolerancia continuada con los retrasos de la trabajadora.
Así pues, el despido se consideró improcedente y la empresa ha tenido que indemnizar a la trabajadora. En este caso en concreto, la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado, y tras 11 años de trabajo en la empresa, ha tenido que desembolsar lo correspondiente a su periodo de trabajo.

La trabajadora que llegó 176 veces tarde a su puesto de trabajo
En este caso, una trabajadora española fue despedida en el año 2023 tras acumular un total de 176 retrasos a la hora de incorporarse a su puesto de trabajo. Es más, se pudo demostrar gracias al sistema de fichado de la propia empresa, que siempre indicaba que entraba a su puesto varios minutos después de su hora inicial. A juicio de la empresa, este tipo de faltas perjudicaba la imagen de la clínica y la calidad del servicio con los clientes.
En la misma carta de despido, la empresa también le acusaba de falta de compañerismo y de una actitud mejorable en cuanto a la atención de cara al público. Pero el gran error que ha tenido la compañía es no haber formalizado una advertencia a tiempo. De hecho, no existía ninguna amonestación o sanción previa por los hechos.
La sentencia judicial
El caso de esta trabajadora llegó por vía judicial al Juzgado de lo Social de Oviedo. Aquí, el juez no tardó en advertir un fallo por parte de la empresa. Y es que esta había tolerado estos comportamientos durante años sin tomar ninguna medida.
Así pues, el propio juzgado declaró el despido improcedente y ofreció dos salidas a la empresa:
- Readmitir a la trabajadora en la plantilla.
- Indemnizarla con 24.987 euros.
Fue la propia empresa, tras conocer los resultados del fallo judicial, la que recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Pero este, en contra de los intereses de la compañía, no hizo sino ratificar el fallo anterior.
Los 24.987 euros tienen su origen al gran número de años que llevaba la trabajadora en su puesto de trabajo. Esto responde de manera directa al artículo 56 del Estatuto de los trabajadores, donde se establece que una indemnización para despido improcedente es de 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
Este caso demuestra lo importante que es justificar cualquier decisión laboral mediante un buen procedimiento. En esta situación en particular, la empresa no actuó como correspondía ante las faltas de la trabajadora, y ha sido precisamente eso lo que ha tipificado este despido como improcedente.