Te han pagado mal tus pagas extra durante años: puedes pedir a la empresa las que te debe
En el momento en el que firmamos nuestro contrato laboral con la correspondiente empresa en la que vamos a trabajar, hay una serie de derechos y obligaciones que aceptamos. Aquí se incluye la forma en la que vamos a cobrar nuestro sueldo mes a mes a lo largo de los próximos años, aunque puede haber errores.
Dependiendo del convenio en el que nos encontremos, o la situación de la empresa, en muchas ocasiones cobramos 12 pagas correspondientes a los 12 meses del año. Además, a esto normalmente se le suelen sumar 2 pagas más correspondientes a las extras anuales existentes en multitud de contratos en nuestro país. Seguro que muchos de vosotros ya sabéis de primera mano y habéis comprobado lo bien que nos vienen esas pagas extra en la mayoría de los casos.
Pero también se puede dar la circunstancia de que hayamos estado cobrando mal esas extras a las que nos referimos y ahora podamos solicitarlas de nuevo a la propia compañía. Básicamente, esto quiere decir que, por ley, quizá podamos exigir el cobro de esas pagas extra de nuevo a nuestra empresa, ya que nos las ha estado abonando de manera incorrecta.
Es probable que muchos de vosotros ya lo sepáis, pero se puede dar en el caso de que la compañía haya prorrateado esas pagas extras a lo largo de los 12 meses del año, algo bastante habitual. Eso quiere decir que divide el cobro correspondiente en 12 veces y lo distribuye a lo largo de las nóminas convencionales. Pues bien, es importante tener en cuenta que en determinados convenios esto no está permitido.
Consulta tu convenio colectivo
Llegados a este punto y si queremos llevar a cabo la solicitud de este pago a la empresa, lo primero que debemos saber es cuál es nuestro convenio colectivo. Eso suele venir especificado en el contrato que firmamos con la compañía en un principio, algo que también podemos consultarle. Ahora bien, una vez sabemos este dato, lo que debemos hacer es leer con detenimiento dicho convenio colectivo por si existe un punto específico en el que se prohíbe prorratear las pagas extra.
En el caso de que esto sea así, la empresa se verá en la obligación de volver a pagar dichas extras de nuevo, aun habiéndolas cobrado anteriormente en la modalidad de prorrateadas. Si estamos completamente seguros de que nuestro convenio colectivo prohíbe este tipo de prorrateo, podemos hablar con la propia empresa para que nos abone las pagas extras correspondientes a los años en los que hemos cobrado del otro modo.
En caso necesario, incluso podemos ir por la vía judicial, ya que la compañía está obligada a ello. Eso sí, debemos tener en consideración las posibles consecuencias negativas que esto pueda tener en el futuro si seguimos trabajando en la misma compañía. Se puede dar la circunstancia de que la empresa tome represalias de un modo u otro, que incluso pongan en riesgo nuestro puesto de trabajo. Eso es algo que por supuesto debemos valorar bien, ya que quizá no nos compense.