Desde el pasado mes de noviembre de 2024, la reforma del sistema de subsidios del SEPE ha traído cambios tanto en la cantidad como en la manera de cobrar para miles de desempleados. De hecho, salvo para los mayores de 52 años, la cantidad que los parados recibirán dejará de ser fija y se calculará por tramos.
Será más alta durante los seis primeros meses y más baja a partir del séptimo mes. Algo que se ajustará en función del IPREM. Desde el propio Ministerio de Trabajo explican que el objetivo es alinearse con el sistema europeo, donde se incentiva la reincorporación al mercado laboral lo antes posible.
Pero si leemos entre líneas, en la práctica, esta reducción implica una pérdida mensual que, de manera acumulada rondará los 1.080 euros en un año frente al sistema anterior. Además, no debemos perder de vista el sistema de sanciones del SEPE en este caso. Si no declaramos ingresos, viajamos sin avisar, o no presentamos la declaración de la Renta, es perjudicial para nuestro bolsillo. Aun así, los desempleados mayores de 52 años mantendrán el subsidio íntegro hasta su jubilación.
Los nuevos tramos del subsidio por desempleo
Esta reforma entró en vigor el pasado 1 de noviembre de 2024 con el Real Decreto-ley 2/2024, y supuso un cambio fundamental con respecto al modelo histórico de ayudas para aquellos que no han cotizado lo suficiente para obtener el paro o bien han agotado esta prestación.
Hasta esa fecha, el subsidio no contributivo se mantenía en 480 euros mensuales (el 80% del IPREM) para todos los beneficiarios. Sin importar el tiempo transcurrido. Sin embargo, con esta reforma, el cobro se divide ahora en tres tramos distintos:
- Los primeros 6 meses, cada beneficiario recibirá el 95% del IPREM vigente, el cual se sitúa actualmente en 570 euros.
- Durante los siguientes 6 meses, esta cantidad baja al 90% del IPREM (540 euros).
- A partir del mes 13, se reducirá al 80%, lo que lo situará en 480 euros.
Es decir, que en conjunto, este nuevo sistema implica una pérdida anual estimada en 1.080 euros con respecto al sistema anterior. Algo que socava las condiciones para quienes agotan la ayuda hasta el final y pierden dichos ingresos.
La excepción para mayores de 52 años
Aun así, no todas son malas noticias. La excepció recae en los desempleados mayores de 52 años. Estos pueden acceder a un subsidio particular que no se reduce por tramos. De hecho, su cuantía es totalmente estable, independientemente de la duración, y se sitúa en 480 euros mensuales hasta la edad de jubilación.
Para acceder a este subsidio para mayores de 52 años, es necesario acuular al menos 15 años de cotización, dos de ellos dentro de los 15 años previos a la solicitud, y 6 de ellos cotizados por desempleo. A ello, le deberá acompañar el requisito de no superar el 75% del SMI en ingresos personales.
El subsidio para mayores de 52 años es una de las prestaciones más completa de nuestro sistema de seguridad social. Ya que incluye una cotización para la futura jubilación y además es de carácter indefinido hasta encontrar empleo o alcanzar la pensión.
Posibles sanciones a las que se enfrenta un parado
Los requisitos a la hora de recibir una prestación por desempleo se han endurecido también. No declarar ingresos, viajar sin notificar al SEPE, rechazar ofertas de empleo, rechazar formación, sobrepasar límites patrimoniales o incumplir con la renovación del paro pueden implicar sanciones directas.
Estas pueden ir desde la suspensión temporal hasta la pérdida absoluta del subsidio. Incluso la obligación de devolver las cantidades cobradas de manera indebida. Además, hemos de recordar que desde este mismo 2025, es obligatorio presentar la declaración de la Renta. El hecho de no hacerlo supone la suspensión automática del pago.
