Vas a poder cotizar por los periodos de prueba que hayas trabajado, pero te saldrá caro
Uno de los objetivos que vamos consiguiendo a lo largo de nuestros años laborales es cotizar a la Seguridad Social y disponer de una buena jubilación en el futuro. Seguro que muchos habéis acumulado algunos meses e incluso años de prácticas tanto remuneradas como sin remuneración, ahora os contaremos un cambio importante en este sentido.
Os decimos todo esto porque se acaba de aprobar una nueva orden relacionada con este tema. En base a esta, a partir de ahora tendremos la posibilidad de cotizar esos periodos de prueba que hayamos trabajado en el pasado. Con tan solo cumplir una serie de sencillos requisitos podremos recuperar los periodos de prácticas y que coticen para la jubilación. Si estáis interesados, decir que esto podrá llevarse a cabo a partir del próximo día 1 de junio, es decir, en solo unas semanas.
Asimismo, es importante saber que esta es una nueva orden que ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado o BOE, entra en vigor en la fecha comentada. A partir de ese momento tendremos la posibilidad de solicitar la recuperación de esos periodos de prueba hasta un máximo de cinco años de prácticas. Evidentemente, todo ello con el fin de que computen como años cotizados para nuestra jubilación en el futuro. Esto es algo que muchos trabajadores en nuestro país llevan solicitando desde hace años.
Y es que hay personas que han acumulado una buena cantidad de años de prácticas que no quieren perder. A continuación os hablaremos de los requisitos imprescindibles para poder llevar a cabo esto que os contamos.
Requisitos para cotizar los años de prácticas trabajados
Una vez sabemos todo esto y si tenemos varios meses o años de prácticas acumulados, veamos cómo hacer que coticen para la jubilación. Ya os hemos contado antes que podemos llevar a cabo este trámite para un máximo de 5 años. Además, si disponemos de prácticas no remuneradas, estas tendrán que haberse realizado antes del 1 de enero del presente año 2024.
Elma Saiz@SaizElma🔴 Hoy es un día importantísimo. He firmado la orden que facilita la recuperación de los periodos de prácticas como años cotizados.@inclusiongob
https://t.co/4gOnbsqYGh
30 de abril, 2024 • 09:49
1.2K
958
Por otro lado, nos encontramos con las prácticas remuneradas que hayamos acumulado. Pues bien, estas se deben de haber producido antes del 1 de noviembre de 2011 y aquí no existe el límite de antigüedad. Eso sí, es muy importante saber que para lograr todo esto, no nos va a salir barato.
Y es que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77, lo que se traduce en que tendremos que pagar en torno a 290 euros por cada mes recuperado. Esto significa que el solicitante tiene que pagar esos 290 euros como base de cotización por cada mes que quiera recuperar. Asimismo, la Seguridad Social nos presenta dos formas de pago: un pago único, o fraccionado. El trámite lo podremos llevar a cabo a través de la web de la Seguridad Social una vez se abra el plazo el próximo mes de junio, desde este enlace.
Para que nos hagamos una idea más aproximada, si deseamos recuperar dos años de prácticas para la jubilación, a priori tendremos que pagar, 6960 euros: 290 euros por 24 meses.
Decir que esta nueva orden establece un plazo máximo de dos años para formalizar la petición. Esto quiere decir que tendremos que realizar el mencionado trámite antes de mediados del año 2026. Y además del pago mencionado, tendremos que presentar un justificante de las prácticas correspondientes a los meses que deseamos cotizar, algo que conseguimos en las empresas o centros de formación donde estuvimos de prueba o prácticas.