Muchos son los jóvenes buscan por todos los medios dejar de vivir con sus padres y alquilar una vivienda o incluso comprarla. Sin, tanto el precio de compra de los pisos se ha incrementado muchísimo al igual que el Euribor, por lo que la compra no es una opción.
El precio del alquiler de viviendas, tampoco se ha quedado atrás, sin embargo, pagar el alquiler mensualmente es más factible si solicitamos las ayudas al alquiler que el Estado pone a nuestra disposición a través del programa Bono alquiler joven.
Este programa oferte ayudas directas al alquiler al igual que también ofrece viviendas de alquiler sociales a precios asequibles con el objetivo de que los más jóvenes puedan cumplir su sueño de emanciparse solo o con su pareja.
Cuantías
El programa de acceso a la vivienda del Ministerio de transportes, movilidad y agenda urbana dispone de 200 millones de euros destinado a ayudas para el alquiler para los jóvenes. La ayuda mensual que podemos obtener a través de este programa es de 250 euros mensuales.
Este bono de alquiler joven es compatible con el Plan Estatal con el que podemos obtener hasta el 40% de la diferencia entre el alquiler y la ayuda del Bono Alquiler Joven, sin superar el 75% del alquiler de la vivienda o habitación.
Estas ayudas se extenderán por un máximo de 2 años. Transcurrido ese plazo, tendremos que volver a consultar si existen otro tipo de ayudas o consultar si la comunidad autónoma donde vivimos pone a nuestra disposición alguna similar.
Requisitos
Obviamente, esta ayuda no se destina para que los más jóvenes puedan vivir en una mansión cuyo alquiler cueste varios miles de euros, sino que está limitada al precio del alquiler que estemos pagando.
La renta de la vivienda no debe superar los 600 euros mensuales, en caso de tratarse de una vivienda completa. Si se trata de una habitación de alquiler, esta no puede superar los 300 euros mensuales. Si el importe es mayor, hasta 900 euros por el alquiler de una vivienda o 450 euros en el caso de una habitación, también podemos obtener esa ayuda previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento.
Otro de los requisitos que debemos cumplir para optar a estas ayudas es tener entre 18 y 35 años, una limitación que deja fuera a muchas familias que no tienen ningún tipo de ayuda y que, además, tienen hijos menores a su cargo. Si este año cumplimos 36 pero realizamos la solicitud cuando todavía tenemos 35 años, no vamos a tener ningún problema en recibirla.
Además, también debemos justificar que tenemos un trabajo estable, por lo que, si estamos buscando una ayuda para emanciparnos sin trabajar, esta no es la ayuda que estas buscando.
Los ingresos que obtenemos por nuestro trabajo deben ser inferiores 3 veces al IPREM, Indicar Público de Renta de Efectos Múltiples. Este se encarga de establecer el límite de las rentas personales de las personas que pueden obtener ayudas sociales. Ahora, este límite máximo establecido para el IPREM es de 600 euros mensuales por persona.
Plazos
Esta ayuda, al igual que las competencias en educación y sanidad, se ha delegado a las comunidades autónomas, por lo que no tenemos a nuestra disposición un portal único al que dirigirnos para poder solicitar la ayuda del Bono Alquiler Joven y obtener un total de 6.000 euros en ayudas durante los 2 años que tiene de duración esta.
Cómo solicitarla
Como hemos comentado más arriba, el Bono Alquiler Joven está delegado en las comunidades autónomas. El problema es que cada comunidad autónoma tiene unos plazos diferentes para realizar esta solicitud, por lo que, dependiendo de donde residamos, tenemos que visitar el portal telemático correspondiente.
A continuación, os mostramos los enlaces correspondientes a cada comunidad autónoma para solicitar consultar los plazos de esta ayuda del alquiler para jóvenes.
- Andalucía
- Aragón
- Islas Baleares
- Canarias
- Cantabria
- Castilla La Mancha
- Castilla y León
- Cataluña
- Comunidad de Madrid
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- Principado de Asturias
- Región de Murcia
- La Rioja
En el caso del País Vasco y Comunidad Foral de Navarra, estas ayudas no están disponibles, ya que ofrecen sus propios programas de ayuda.
Si tienes problemas en la solicitud, accede a esta web
Hay que tener en consideración que, tal y como hemos comentado antes y al contrario de lo que sucede con otras prestaciones y ayudas, esta de la que os hablamos para el alquiler depende de cada una de las Comunidades Autónomas españolas. Esto quiere decir que cada comunidad establece los plazos de apertura y cierre de la solicitud e incluso añade algunos requisitos propios para que nos podamos beneficiar de todo ello.
Esta es una prestación que el gobierno nos propone desde el pasado año 2022 y que se ha ido renovando estando vigente en el presente. De ahí que las webs desde las que podemos realizar la solicitud en cada Comunidad, pueden variar y nos encontraremos con problemas. Por tanto aunque no haya una página de Internet generalista para realizar la solicitud, sí que podemos acceder a una web del Ministerio de Vivienda que nos proporciona los correspondientes enlaces que vamos a necesitar.
Para ello no tenemos que más que pinchar aquí desde nuestro navegador web favorito y buscar el correspondiente enlace a nuestra Comunidad Autónoma.
Casos especiales que también pueden pedir la ayuda
Cabe mencionar que hay algunas circunstancias un tanto especiales en las que nos podemos encontrar con algunas dudas acerca de si tenemos derecho a esta ayuda de alquiler, o no. Por ejemplo, se puede dar el caso de que cuando contratamos el arrendamiento éramos una pareja, pero en estos momentos la misma se ha roto. Pues bien, siempre y cuando ambas personas sigan siendo titulares en el contrato de alquiler, sean pareja o no, y cumplan con los requisitos mencionados antes, tendrán derecho a la ayuda sin problemas.
Asimismo, algunos se pueden preguntar si tienen derecho a la ayuda la que os hablamos aquí si tengo alquilada una habitación del piso sin contrato. Pues bien, mencionar que es obligatorio disponer de un contrato firmado por ambas partes para poder acceder a esta prestación. En el caso de alquiler sin contrato de por medio, no hay nada que hacer.
Por otro lado, hay personas que viven de alquiler y que tan solo trabajan un par de días o tres a la semana. En este caso y si se cumplen los requerimientos económicos mencionados y se tiene una fuente regular de ingresos, sean cuales sean las horas de empleo, también tendremos derecho a la prestación como tal.