Vas a poder trabajar y cobrar el paro a la vez: así es la nueva ley y sus requisitos
En nuestro país, millones de ciudadanos en estos instantes se ven en la obligación de cobrar el paro al no encontrar un empleo. Al mismo tiempo quizá muchos se pregunten si pueden continuar cobrando esta prestación por desempleo y trabajar al mismo tiempo, algo de lo que os hablaremos a continuación.
Lo cierto es que en multitud de ocasiones y situaciones, vivir tan solo con el paro es bastante complicado. Lo mismo sucede si disponemos de un empleo con un sueldo ajustado, algo bastante habitual en los trabajos a media jornada, por ejemplo. De ahí que muchos se planteen la posibilidad de compatibilizar ambas modalidades, empleo y paro, algo que en breve será posible cumpliendo una serie de requisitos.
Como os decimos, para ello tendremos que cumplir una serie de requisitos de los que hablaremos en estas mismas líneas para poder hacerlo de manera legal. Quizá no sea la situación ideal por muchos, pero también puede ser una solución más que aceptable para otros. Llegados a este punto, vamos a conocer la nueva ley promovida para compatibilizar ambas modalidades, qué debemos cumplir y cuándo entrará en vigor.
Antes de nada y para que lo tengamos en cuenta, compatibilizar ambos ingresos de la que os hablamos, empleo y paro, se podrá llevar a cabo a partir del próximo año 2025. Además, es algo de lo que nos podremos aprovechar tanto con empleos a tiempo parcial como total.
Fecha y requisitos para compatibilizar paro y trabajo
Esta es una ley que se pondrá en marcha a partir del próximo día 1 de abril del mencionado año 2025. A partir de ese instante ya nos podremos beneficiar de esta compatibilidad y combinar el paro con un trabajo de forma simultánea. Ya os hemos comentado que esto se podrá realizar tanto si disponemos de un empleo a tiempo total como parcial. Aquí el único requisito que tendremos que cumplir es que no podemos superar los 2250 euros mensuales brutos.
Como os podréis imaginar, este es un aspecto que tendremos que tener muy presente si deseamos compatibilizar ambos elementos de manera legal. Y no solo eso, ya que además hay un período de tiempo máximo establecido para trabajar y cobrar el paro al mismo tiempo. No podremos percibir ambos ingresos de manera simultánea durante un período superior a los 6 meses. A su vez, la nueva ley nos obliga a haber cobrado 9 meses de la prestación por desempleo antes de poder compatibilizar ambos cobros: trabajo y paro.
A todo lo comentado debemos sumarle que tampoco se permitirá cobrar todo el paro. Para llevar a cabo este proceso del que os hablamos, tan solo podremos cobrar el 80% del IPREM, es decir, un máximo de 480 euros en el mejor de los casos. Así, tendremos la posibilidad de sumar esta cifra a nuestro sueldo del trabajo, siempre y cuando este no supere la cantidad que os hemos comentado antes.
Por tanto, los interesados no tendrán que esperar más que esperar unos meses hasta que se pueda cobrar paro y trabajo simultáneamente. Eso sí, será obligatorio cumplir con todos los requisitos mencionados en estas líneas para hacerlo de forma legal.